Autos N° 61.192, caratulados: «MARTINEZ LEONIDES C/ RIO DIAMANTE S.A. AGROP. IND. COM. FIN. INMOB. P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA»

por | Dic 18, 2023

JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS, SAN RAFAEL, autos N° 61.192, caratulados: «MARTINEZ LEONIDES C/ RIO DIAMANTE S.A. AGROP. IND. COM. FIN. INMOB. P/ PRESCRIPCIÓN AD-QUISITIVA», NOTIFICA SENTENCIA: “San Rafael, 22 de febrero de 2019…Y VISTOS:… C O N S I D E R A N D O…R E S U E L V O: 1º) HACER LUGAR a la demanda promovida en autos por el Sr. MARTINEZ LEONIDES, D.N.I. N° 8.034.916 en consecuencia, declarar que la parte actora ha adquirido por prescripción adquisitiva, desde el día 01/07/1995, el dominio respecto del inmueble cuyo titular registral es RIO DIAMANTE SOCIEDAD ANONIMA , AGROPECUARIA, INDUSTRIAL, CO-MERCIAL , FINANCIERA E INMOBILIARIA, ubicado en calle San Luis S/N, Distrito Monte Comán , Departamento San Rafael, Provincia de Mendoza , cuya ubicación, dimensiones, linderos, superficie y demás datos identificato-rios son (de conformidad con las constancias incorporadas a la causa) las siguientes: A) INSCRIPCION DE DOMINIO: en el Registro Público y Archivo Judicial de esta Circunscripción de esta ciudad a nombre de Rio Diamante , Sociedad Anónima Agropecuaria, Industrial , Comercial , Financiera e Inmo-biliaria anotado en el asiento 1° inscripción al N° 16154 fs. 241 T° 123-B de San Rafael , Fecha 12-09-1958. B) OTRAS INSCRIPCIONES: Padrón de Rentas N° 67-08593-6; Nomenclatura Catastral 17-08-03-0026-000010-0000-4; superficie según mesura 453,12 m2 y según título 19 ha 1102,93m2, con-forme surge del plano de mensura N° 17/58406 realizado por la Agrimenso-ra Fanny Beatriz Raso y visado por la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CA-TASTRO en fecha 15/07/2008conforme a los límites y demás datos obrantes en el plano mencionado. 2°) Imponer las costas por su orden. – 3°) Diferir la regulación de honorarios de los profesionales intervinien-tes, hasta tanto se alleguen al proceso las bases económicas necesarias para practicarlas. – 4°) Firme o consentida la presente, y conformidades profesionales pertinentes, procédase a la inscripción del derecho de dominio reconocido y declarado anteriormente; dejando a salvo el cumplimiento de los requisitos registrales, catastrales y administrativos que correspondieren. A los efectos indicados, oportunamente OFICIESE, adjuntando una copia de la presente y con remisión de los Autos. – 5°) Oportunamente, hágase devolución a la accionante, de la docu-mentación acompañada y que obra reservada en Secretaría, previa inserción del cargo pertinente en el expediente. – 6°) NOTIFIQUESE la presente a las partes y profesionales por CEDU-LA DE OFICIO (Acordada n° 20.201); y al demandado desconocido o de ig-norado domicilio mediante PUBLICACIÓN EDICTAL a efectuarse en el Boletín Oficial y en la página web del Poder Judicial por una sola vez y a la DEFENSORA OFICIAL en su despacho con remisión de autos. -REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE DE OFICIO. OFÍCIESE. – Fdo: Dra. Andrea Grzona – Juez.-”