El Sr. Juez del Tercer Juzgado Civil, Comercial y Minas de General Alvear, Segunda Circunscripción Judicial de Mendoza, sito en calle Paso de los Andes Nº 555, General Alvear, Mendoza. NOTIFICA que en Autos N° 43.426/ (13- 07613105-2), caratulados: “RETAMALES Florencia Inés, RETAMALES Cristian Andrés RETAMALES y RETAMALES Bruno Hernán C/ MENEGHINI ANTONIO P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, originarios de dicho Juzgado los actores Sres. FLORENCIA INES RETAMALES, D.N.I. N° 41.699.749, CRISTIAN ANDRES RETAMALES, D.N.I. N° 42.974.426 y BRUNO HERNAN RETAMALES, D.N.I. N° 45.141.712, pretenden adquirir la titularidad dominial mediante la acción de título supletorio de un predio urbano de la Ciudad de General Alvear, Provincia de Mendoza, UBICADO en el radio urbano de la Ciudad de General Alvear, Provincia de Mendoza, con frente al Norte con calle Aristóbulo del Valle N° 745, constante de una superficie total pretendida de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CINCUENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (240,55 m2), individualizado en el plano de mensura para título supletorio N° 18-16308.- Inscripto en la Dirección Provincial de Catastro – ATM con Nomenclatura Catastral: 18-01-02-0044-000028-0000-3, Padrón Territorial: 18- 20582-3 (a nombre de Antonio Meneghini), Padrón Municipal: 3202-1 (a nombre de Elena Salinas), Circunscripto dentro de las medidas lineales y linderos que se identifican: Frente al NORTE: vértices 1-2 8,46 metros con calle Aristóbulo del Valle, de General Alvear, Mendoza, SUR: vértices 4-3 9,00 metros con Meneghini Antonio; ESTE: vértices 2-3 en 27,62 metros con Meneghini Antonio y OESTE: vértices 4-1 en 27,50 metros con Meneghini Antonio. En inmueble se encuentra inscripto en Título con mayor superficie de 5 Hectáreas 7852,62 m2, originariamente como 2° Inscripción N° 3231, Fs. 484, Tomo 26 de San Rafael posteriormente por vuelco de oficio en Matrícula 44186/17, Asiento A-1, a nombre de ANTONIO MENEGHINI; y se CITA a todos los que se consideren con derecho sobre el bien raíz precedentemente individualizado, para que en el plazo de VEINTE (20) DÍAS comparezcan, respondan, ofrezcan prueba y constituyan domicilio legal dentro del radio del Juzgado bajo apercibimiento de ley (artículos 21, 74, 209 y concordantes del CPCCyT.-