Autos N° 14.174, caratulados: “GODOY LINO C/ BARROSO LEANDRO JAVIER P/ PROCESO DE CONOCIMIENTO (DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO)”

por | Oct 26, 2021

El Juzgado de Paz de Bowen, General Alvear, Mendoza, en autos N° 14.174, caratulados: “GODOY LINO C/ BARROSO LEANDRO JAVIER P/ PROCESO DE CONOCIMIENTO (DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO)” – Dictó la siguiente resolución a fs. 66, la que se publica en su parte pertinente: “BOWEN, GENERAL ALVEAR, MZA., 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021.- AUTOS Y VISTOS: y CONSIDERANDO: RESUELVO: 1°) Aprobar la información sumaria rendida en autos, teniendo por cumplidos los requisitos exigidos por el art. 69 del C.P.C.C.T., y declarando al sólo y único fin de este proceso, que el demandado Sr. BARROSO LEANDRO JAVIER, D.N.I. N° 22.726.426, es para el Sr. GODOY LINO, persona de ignorado domicilio.- 2°) En consecuencia, notifica y hace saber al demandado Sr. BARROSO LEANDRO JAVIER, D.N.I. N° 22.726.426 de ignorado domicilio, el decreto de fs. 18: “Bowen, G. Alvear, Mza.; 30 de junio de 2.020.-Proveyendo la presentación inicial a través de la MeeD PQHMY12229.Téngase presente al Dr. Walter Stahli por presentado, parte y domiciliado legal y electrónicamente, en representación del actor Sr. GODOY Lino. Téngase presente la dirección electrónica personal denunciada por el Actor. Agréguese y téngase presente los aportes de ley debidamente oblados y las instrumentales acompañadas.-Téngase presente la documentación y escritos digitalizados que se acompañan.-Atento a lo solicitado, documentación referida y lo dispuesto por Acordada N° 28.690 (21/03/2.018) y los arts. 155, 156, 160 y cc. Del C.P.C.C.T, téngase por interpuesto proceso de conocimiento por daños derivados por Accidente de Tránsito, contra los Sres. BARROSO Leandro Javier y MORENO Ailen Maria Ayelen.-Téngase presente la prueba ofrecida, para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. De la demanda interpuesta córrase TRASLADO a los demandados, con citación y emplazamiento por el término de VEINTE DIAS, debiendo conminársele que en el mismo plazo se presenten a estar a derecho, denuncien sus direcciones electrónicas personales y constituyan domicilio legal dentro del radio de este Juzgado, bajo apercibimiento de ley (Arts. 21,74, 75, 160 y cc. Del C.P.C.C.T.).-PREVIO A CORRER TRASLADO a los demandados, haciendo lugar a la MEDIDA PREVIA solicitada por la actora a fs. 15 vta. PUNTO VII B.-I.-, OFÍCIESE al Registro de la Propiedad de Automotor, Delegación General Alvear, Mza., a fin de que informe persona que resultaba ser Titular Registral del automotor Dominio BXR-950, con fecha 10/11/02.018. Cumplido que sea a pedido de parte y previo confeccionar cédula de estilo CÓRRASE TRASLADO DE LA DEMANDA INICIAL.- CÚMPLASE. OFÍCIESE.-NOTIFIQUESE.- Fdo. Dr. SANCHEZ DANIEL A.- Juez.- 3°) Publíquense Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia y en las páginas web del Poder Judicial y del Colegio de Abogados y Procuradores de la Segunda Circunscripción. Además en el Diario «UNO» de esta Provincia, por TRES VECES con dos días de intervalo, a los fines ordenados en la presente resolución (Art. 69 y 72 del C.P.C.C.T.).- NOTIFIQUESE y oportunamente al Sr. Defensor Oficial, por Mesa de Entradas, en su Público Despacho, con remisión de los autos.- (Fdo.) Dr. Daniel Sanchez – Juez”