Autos N° 123.623 “JATUM ABDON C/ SUCESORES DE MARIA HAYDEE GIMENEZ Y GRACIELA HAYDEE CANO P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”

por | Mar 2, 2022

TRIBUNAL GESTION JUDICIAL ASOCIADA N° 1- SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE MENDOZA, Autos N° 123.623 “JATUM ABDON C/ SUCESORES DE MARIA HAYDEE GIMENEZ Y GRACIELA HAYDEE CANO P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, NOTIFICA la resolución de fs. 226.: ”San Rafael, Mza, 07 de Diciembre de 2021.- …………………….A LO QUE EL TRIBUNAL RESUELVE: I) Tener por desistida a la parte actora de las declaraciones testimoniales.- II) Tener presente la declaraciones testimoniales rendidas..- III) Téngase presente los alegatos formulados por las partes.- IV) Declarar cerrado el debate.- V) HACER LUGAR a la demanda presentada, y en consecuencia, declarar que el Sr. ABDON JATUM, D.N.I. N° 10.206.608, es propietario desde el 01/01/2014 de un bien inmueble ubicado en calle Suipacha N° 763, de distrito de ciudad del Departamento de San Rafael, constante de una superficie según título de 500,00m2, y según mensura aprobada, visada y archivada por la Dirección Provincial de Catastro de 500,09 m2, conforme plano tramitado en el expediente N° 2600-D-2017, Inscripto a la matrícula n° 11.644, Tomo 83, Fs. 251 de San Rafael, Padrón de Rentas 67/04330-7, Padrón Municipal 1.529 secc. 19, Nomenclatura Catastral: 17-01-12-0072-000018-0000-9.- VI) Imponer las costas a la demandada vencida (art. 36 CPCCT).- VII) Diferir la regulación de honorarios profesionales hasta tanto exista en autos base para su cálculo, de conformidad con lo establecido por el Art. 9 inc. g de la Ley de Aranceles n° 9.131.-VIII) Firme que sea la presente, y prestadas que sean las conformidades profesionales, ofíciese al Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia a fin de que tome razón de los resuelto en el punto V).- En este acto las partes se dan por NOTIFICADAS de la presente resolución (art. 67 del CPCCT), y se comprometen a utilizar el contenido de la audiencia en exclusivo ejercicio de sus derechos en el marco de ámbitos jurisdicciones, por lo que se lo da por concluido el acto, que previa lectura y ratificación por Usía, y ante la Secretaria que autoriza.- COPIESE.- REGISTRESE. NOTIFIQUESE DE OFICIO EN LA FORMA DE ESTILO.CUMPLASE.-Fdo. Dr. Juan Manuel RAMON, Juez Subrogante”.- Notifíquese por edictos a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza, y en la página web del Colegio de Abogados y Procuradores de esta ciudad por una sola vez (art. 72 incs. II y IV del CPCCT).-