San Rafael, 02 de Septiembre de 2.009.-
Y VISTOS:
Las irregularidades detectadas en algunos procesos con relación a la percepción por parte de este Colegio de los importes correspondientes al Derecho Fijo estatuido por Ley 4976, es que resulta imperioso implementar un sistema de fiscalización y control de estos recursos, que permita verificar con certeza y precisión aquellos importes evadidos y efectuar un control fehaciente de lo ingresado a las cuentas del Colegio, en todos aquellos procesos que conforme la reglamentación vigente debe abonarse el Derecho Fijo.-
Y CONSIDERANDO:
Que entre las medidas urgentes a llevar a cabo por este Colegio y a los fines de ejercer un exhaustivo control y fiscalización de los recursos referidos y detectar su evasión, se encuentra la de designar un profesional matriculado como Inspector de este Colegio, quien deberá hacerse parte, contestar las vistas, efectuar liquidaciones, controlar los importes abonados y detectar los evadidos y toda otra función que sea necesaria efectuar en nombre y representación de este Colegio, en todos aquellos procesos que conforme la reglamentación vigente deben abonar Derecho Fijo. Que la mayor fuente de recursos que posee esta Institución, son justamente los importes que se obtienen por Derecho Fijo, es que este sistema nos permitirá cumplir más acabadamente las funciones conferidas a este Colegio por el art. 65 de la Ley 4976. Por todo ello y en resguardo de los derechos patrimoniales de esta Institución, el Directorio de este COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE ESTA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
RESUELVE:
1º) Contratar en el cargo de Abogado Inspector a la Dra. Silvana Lorena Moreno, D.N.I. N° 27.402.242, matrícula N° 7193, argentina, casada, con domicilio real en calle Buenos Aires N° 913.-
2º) El plazo de duración del presente contrato será desde el 02 septiembre del corriente año hasta el 31 de agosto de 2010.-
3º) Por Secretaria Administrativa deberá confeccionarse y hacerse suscribir el pertinente contrato, con la retribución y modalidades habituales en uso con los demás profesionales que desempeñan funciones en este Colegio.-
NOTIFIQUESE A TODOS LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DE ESTA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE MENDOZA Y AL JUSGADO FEDERAL DE SAN RAFAEL, A TODOS LOS MATRICULADOS DE ESTE COLEGIO Y AL CONTRATADO – REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-