Se pone en conocimiento de los asociados, que en virtud de las peticiones efectuadas el día jueves 17 de junio por la Federación Mendocina de Colegios de Abogados y Procuradores a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, se ha dictado la Acordada Nº 30.110, por la que se resuelve:

  1. DISPONER que los Juzgados de Familia donde esté operando el sistema IURIX IOL, deberán dar trámite a las presentaciones realizadas por los profesionales a través del módulo de “Mesa de Entradas Virtual (MEV- Escritos la MEV) cuando en un mismo escrito, soliciten la vinculación al expediente y concreten una petición procesal cualquiera, este o no corriendo plazo para ello, sin perjuicio de lo dispuesto por Acordada N° 30.074. En estos casos, se tendrá como válido el cargo o constancia que genere el sistema utilizado, debiendo los mismos ser descargados y proveídos por los tribunales.
  2. AUTORIZAR a la Dirección General de Administración el trámite y pago del adicional de dedicación FULL TIME previsto en la Ley General de Sueldos, para empleados que cumplan funciones en los Juzgados de Familia, a fin de que a contraturno continúen con la carga de transferencia de datos al sistema IURIX FLEX.
  3. PRORROGAR la fecha de implementación del Sistema IURIX FLEX en los Juzgados de Familia de Rivadavia, Tupungato, San Carlos, General Alvear, Malargüe y el Juzgado de Paz de Lavalle con competencia en Familia, los que seguirán prestando funciones con los sistemas vigentes a la fecha.
  4. DISPONER, que los Juzgados de Familia de Rivadavia, Tupungato, San Carlos, General Alvear, Malargüe y el Juzgado de Paz de Lavalle con competencia en Familia, comiencen la carga de transferencia de datos al sistema IURIX FLEX a partir de la habilitación de los usuarios correspondientes.
  5. ESTABLECER que, en los fueros civil, laboral y Salas 1 y 2 de la Suprema Corte, los profesionales podrán presentar escritos en todos los expedientes mediante el uso de la MEED o el sistema IOL HTML5. En cuanto a la prestación de demandas, deberán continuar ingresando las mismas por la MEED, salvo en los siguientes casos, en donde tendrán también habilitado el módulo IOL HTML5 para su ingreso a su opción:1) en el fuero civil: acciones de amparo, ejecuciones de honorarios y sucesiones; 2) en el fuero laboral: acciones derivadas de enfermedad, accidente en materia de Ley de Riesgo de Trabajo; 3) en la Suprema Corte de Justicia: acciones de inconstitucionalidad. 

Se adjunta la Acordada respectiva. ACORDADA N° 30.110 MODIFICACIÓN CRONOGRAMA FLEX

Se adjunta link de la nota con las diversas peticiones de la Federación Mendocina de Colegios de Abogados https://colejus.com.ar/2021/06/17/colegios-de-abogados-de-mendoza-entregaron-petitorio-a-la-corte-por-el-iurix-on-line/ y comunicado de prensa emitido por el Poder Judicialhttp://www.jus.mendoza.gov.ar/web/sijum/-/corte-y-abogados-se-reunieron-para-mejorar-la-implementacion-del-expediente-digital?redirect=http%3A%2F%2Fwww.jus.mendoza.gov.ar%2Fweb%2Fsijum%2Finicio%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_xc4hixj1RaRA%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-2%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D3