Se pone en conocimiento de los asociados, que en virtud de las peticiones efectuadas el día jueves 17 de junio por la Federación Mendocina de Colegios de Abogados y Procuradores a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, se ha dictado la Acordada Nº 30.110, por la que se resuelve:
- DISPONER que los Juzgados de Familia donde esté operando el sistema IURIX IOL, deberán dar trámite a las presentaciones realizadas por los profesionales a través del módulo de “Mesa de Entradas Virtual (MEV- Escritos la MEV) cuando en un mismo escrito, soliciten la vinculación al expediente y concreten una petición procesal cualquiera, este o no corriendo plazo para ello, sin perjuicio de lo dispuesto por Acordada N° 30.074. En estos casos, se tendrá como válido el cargo o constancia que genere el sistema utilizado, debiendo los mismos ser descargados y proveídos por los tribunales.
- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración el trámite y pago del adicional de dedicación FULL TIME previsto en la Ley General de Sueldos, para empleados que cumplan funciones en los Juzgados de Familia, a fin de que a contraturno continúen con la carga de transferencia de datos al sistema IURIX FLEX.
- PRORROGAR la fecha de implementación del Sistema IURIX FLEX en los Juzgados de Familia de Rivadavia, Tupungato, San Carlos, General Alvear, Malargüe y el Juzgado de Paz de Lavalle con competencia en Familia, los que seguirán prestando funciones con los sistemas vigentes a la fecha.
- DISPONER, que los Juzgados de Familia de Rivadavia, Tupungato, San Carlos, General Alvear, Malargüe y el Juzgado de Paz de Lavalle con competencia en Familia, comiencen la carga de transferencia de datos al sistema IURIX FLEX a partir de la habilitación de los usuarios correspondientes.
- ESTABLECER que, en los fueros civil, laboral y Salas 1 y 2 de la Suprema Corte, los profesionales podrán presentar escritos en todos los expedientes mediante el uso de la MEED o el sistema IOL HTML5. En cuanto a la prestación de demandas, deberán continuar ingresando las mismas por la MEED, salvo en los siguientes casos, en donde tendrán también habilitado el módulo IOL HTML5 para su ingreso a su opción:1) en el fuero civil: acciones de amparo, ejecuciones de honorarios y sucesiones; 2) en el fuero laboral: acciones derivadas de enfermedad, accidente en materia de Ley de Riesgo de Trabajo; 3) en la Suprema Corte de Justicia: acciones de inconstitucionalidad.
Se adjunta la Acordada respectiva. ACORDADA N° 30.110 MODIFICACIÓN CRONOGRAMA FLEX
Se adjunta link de la nota con las diversas peticiones de la Federación Mendocina de Colegios de Abogados https://colejus.com.ar/2021/06/17/colegios-de-abogados-de-mendoza-entregaron-petitorio-a-la-corte-por-el-iurix-on-line/ y comunicado de prensa emitido por el Poder Judicial: http://www.jus.mendoza.gov.ar/web/sijum/-/corte-y-abogados-se-reunieron-para-mejorar-la-implementacion-del-expediente-digital?redirect=http%3A%2F%2Fwww.jus.mendoza.gov.ar%2Fweb%2Fsijum%2Finicio%3Fp_p_id%3D101_INSTANCE_xc4hixj1RaRA%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26p_p_col_id%3Dcolumn-2%26p_p_col_pos%3D1%26p_p_col_count%3D3