Ponemos a disposición de los asociados y de la ciudadanía en general, los dictámenes en los que ha trabajado el Instituto de Derecho Constitucional respecto a los requisitos que exige el artículo 152 de la Constitución de la Provincia de Mendoza para ser miembro de la Suprema Corte de Justicia.
En ellos se dan dos posiciones, una con interpretación amplia y otra restringida.
Se aclara que estas opiniones no reflejan una postura adoptada por nuestro Colegio de Abogados y Procuradores, sino que, a través de este trabajo, el Instituto de Derecho Constitucional pretende enriquecer el debate jurídico a través de diversas opiniones fundadas respecto a la materia.