Se pone en conocimiento de los asociados que mediante Acordada Nº 29.363, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza ha resuelto disponer que la terminología “pornografía infantil” no sea mas utilizada en el ámbito del Poder Judicial y sea reemplazada por los términos “material de abuso sexual de niñas, niños y adolescentes (MASNNA)” y “material de explotación sexual de niñas, niños y adolescentes (MESNNA)”, en todos los escritos y/o actuaciones judiciales que se tramitan en nuestra jurisdicción.
Se adjunta la Acordada respectiva y su Anexo para la consulta por los profesionales.