El Directorio del Colegio Público de Abogados y Procuradores de la Segunda Circunscripción Judicial, se encuentra muy preocupado por el dictado de la Acordada N° 28.275 de fecha 10 de agosto de 2017, de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. La misma establece que los exámenes de ADN sólo se realizarán en Mendoza Capital. Esto implica que las partes de un proceso donde se ventila ni más ni menos que el Derecho a la Identidad de una persona, muchas veces un menor, deben viajar a ciudad capital, coordinar un día para estar todos los interesados presentes en el mismo acto (sino no se puede realizar), y afrontar de su bolsillo los gastos de traslado y estadía.

La acordada genera un grave perjuicio al ejercicio cotidiano de la profesión, la administración de justicia y la satisfacción de los intereses de los justiciables que deben someterse a la realización de estudios genéticos – toma de muestras de ADN – para la resolución de la controversia judicial, en cuanto a la identidad de niños, niñas y adolescentes.

El enfoque netamente económico de la Acordada ha prescindido del concepto Federal de la Provincia, perjudicando claramente a los Departamentos que se encuentran a más de 200 km de distancia como es el caso de San Rafael, General Alvear y Malargüe, lo que lejos de significar una solución, representa una barrera aún más alta para acceder a los mismos.

Destacamos que el derecho a la identidad y el acceso a la justicia, ambos protegidos constitucionalmente, se ven absolutamente vulnerados, dado que ahora además de la imposibilidad de tomar las muestras por parte del Cuerpo Médico Forense de San Rafael a los casos que no contaban con recursos económicos – o sea, habían solicitado BLSG o la aplicación de la Ley N° 7130, art. 2 – ahora también se ven privados de la realización de estos estudios en el Sur aquellas personas que cuentan con medios para abonar el costo, dado que indefectiblemente deben viajar a Mendoza, con los gastos que ello irroga. Debe advertirse esta situación no sólo para San Rafael, sino especialmente para Malargüe y General Alvear, siendo mucho más desventajoso inclusive, dado que el viaje a Mendoza no solo implica el gasto de traslado a la ciudad Capital, sino además el desplazamiento hasta la Universidad Nacional de Cuyo, cuya distancia de la Terminal del Sol es suficientemente considerable, lo que conlleva otro gasto adicional.

La gravedad institucional en la que se encuentran justiciables y operadores jurídicos encuentra su fundamento en que se conculcan derechos no sólo de aquellos que menos tienen, sino ya de toda la población en general, limitando el acceso a la justicia, y causando gravamen a todos los operadores jurídicos de la Segunda Circunscripción Judicial, máxime en un tema tan delicado y urgente como es la identidad de la persona y los derechos inherentes a la misma, en especial el derecho a solicitar alimentos. Se afecta asimismo, el tan iterado principio de celeridad y efectivización de los derechos, que se torna en una mera ilusión para los habitantes de la Segunda Circunscripción Judicial.-

Nuestra institución ha remitido en septiembre una nota dirigida a la Corte Suprema y otra al Procurador, sin obtener ninguna clase de respuesta.

Atento a que los juicios donde se deben realizar exámenes de ADN se encuentran a la fecha paralizadas en el sur de Mendoza, hemos remitido nuevamente esta semana otra nota, y estamos trabajando con la Comisión de Familia del Colegio, a los fines de analizar las acciones a seguir en caso de silencio o negativa.

Adjuntamos para vuestro conocimiento las notas remitidas.

Nota Procurador Dr. Gulle 12-09-2017

Nota Procurador Dr. Gulle 05-10-2017

Nota SCJ – 08-09-2017

Nota SCJ – 05-10-2017