Se pone en conocimiento de los asociados que el Directorio del Colegio resolvió en fecha 29/04/2015 1- Aconsejar a los asociados de este que por consultas evacuadas en forma verbal deberán percibir la suma mínima de pesos TRESCIENTOS ($300,00) 2- Aconsejar a los asociados de este Colegio, que por consultas evacuadas en forma escrita deberán percibir la suma mínima de pesos CUATROCIENTOS ($400,00). Dichos montos entrarán en vigencia a partir del 01 de Mayo del Año 2015

 

 


                           San Rafael, 29 de Abril de 2015.-

 

VISTOS:

El elevado número de profesionales que por mes se asocia a este Colegio, incrementando en forma significativa la cantidad de Abogados y Procuradores que intentan ejercer esta profesión en igualdad de condiciones, en un ámbito que se torna cada día más competitivo.-

Que la intensificación de la oferta de asociados, está afectando el libre ejercicio de la profesión y su valorización como tal, produciendo una depreciación de los cánones a cobrar en la labores extrajudiciales, sobre todo en las consultas evacuadas en forma oral y escrita.

Y que no existen parámetros objetivos que guíen a los profesionales sobre los montos a cobrar por tales trabajos, en virtud de que la Ley    N° 3641 de Aranceles de Abogados y Procuradores se encuentra totalmente desactualizada en los montos dinerarios que fija. Sumado a que existe una dificultad práctica en actualizar a la fecha los aranceles dispuestos por esta Ley.-

 

Y CONSIDERANDO:

Que son funciones esenciales de este Colegio, según lo dispuesto por el art. 65 de la mencionada Ley, la de disponer los medios necesarios para defender los derechos e intereses legítimos de sus miembros garantizando el libre ejercicio de la profesión,  proteger el prestigio e independencia de la misma, y asimismo asegurar el cumplimiento de las leyes arancelarias.

Que en ejercicio de tales prerrogativas, esta Institución viene aconsejando a sus asociados sobre los montos que, estimativamente, deberían cobrar por sus labores extrajudiciales, a los fines de evitar una desvalorización de la práctica profesional.-

Que en virtud de la inflación reinante que es de público conocimiento, se ha tornado necesario actualizar nuevamente dichos montos para el año 2015 a pesos trescientos ($ 300,00) las consultas evacuadas en forma oral y a pesos cuatrocientos ($ 400,00) las consultas evacuadas en forma escrita.-

Por todo ello y en resguardo de la importancia y valoración económica de esta profesión, el Directorio de este COLEGIO PÚBLICO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE ESTA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DELA PROVINCIA DEMENDOZA

 

RESUELVE:

1º) Aconsejar a los asociados de este Colegio, que por consultas evacuadas en forma verbal deberán cobrar las suma estimativa de PESOS TRESCIENTOS ($ 300,00)

 

2º) Aconsejar a los asociados de este Colegio, que por consultas evacuadas en forma escrita deberán cobrar las suma estimativa de PESOS CUATROCIENTOS ($400,00).-

 

3º) Dichos montos entrarán en vigencia a partir del 01 de Mayo del Año 2015.-

 

4°) Por Secretaria Administrativa confecciónese un cuadro de aranceles que contenga dichos montos, el cual deberá ser subido a la página de internet de este Colegio a disposición de todos los asociados.-

 

NOTIFIQUESE MEDIANTE LA PÁGINA DE INTERNET DE ESTE COLEGIO, REGISTRESE Y OPORTUNAMENTE ARCHIVESE.-