Se pone a disposición de los asociados la Acordada N° 24.710 de creación del Sexto Juzgado Civil de la Segunda Circunscripción Judicial de Mendoza con sede en calle SATURNINO TORRES N°136 de la Ciudad de Malargüe. Se recuerda  a los asociados que dicho Juzgado esta a cargo del Dr. Juan Manuel Ramón y tiene horario vespertino de 13:30 a 19:30 horas.  Para ver la acordada click aqui.


SECRETARIA ADMINISTRATIVA COMUNICA LA ACORDADA DICTADA POR LA  SALA TERCERA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA

ACORDADA N° 24.710 Mendoza, 18 de diciembre de 2.012

                  VISTO:

                                   Que por Ley N° 7837, B.O. 25/01/2008, se crea el Sexto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Malargüe;

                 CONSIDERANDO :

                                   I. Que e l Consejo de la Magistratura, durante el corriente año llamó a Concurso de Postulantes para el cargo de Juez del Sexto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial, de dicho concurso surge que el único inscripto fue el Dr. Juan Manuel Ramón, el cual ha rendido y aprobado los exámenes pertinentes y ha aceptado cumplir funciones como conjuez en dicho Juzgado.

 

                                    Que, intertanto sea designado un juez titular, conforme lo establecido por la Ley N° 7294, reglamentado por Acordadas N° 18.793, 19.269 y 21.074, es necesario encontrar una solución a los fines de iniciar la inmediata prestación del servicio de justicia en dicha instancia y fuero en el departamento de Malargüe.

 

                                    Que la Acordada N° 21.074, dispone que el Cuerpo de Conjueces Reemplazantes para desempeñarse interinamente en caso de licencias de más de un mes y vacancias no cubiertas de Jueces o Miembros del Ministerio Público, se conformará con postulantes del Consejo de la Magistratura.

 

                                    Que resulta necesario a los efectos de la idoneidad técnica requerida para el ejercicio de la alta función que supone la Magistratura Constitucional, revestir el carácter de postulante del Consejo de la Magistratura, esto es haber rendido y aprobado ante el mismo los exámenes correspondientes al concurso del cargo de grado y fuero que se trate.

 

                                    Que el nombramiento del conjuez se realiza intertanto se cubra la vacante en forma efectiva mediante concurso que se encuentra en trámite.

 

                                    II. Que, por otra parte, el Juzgado de Familia de Malargüe se encuentra vacante desde el 01/07/2010, no obstante que el Consejo de la Magistratura ha llamado a Concurso de Postulantes en cinco oportunidades (30/08/2010, 06/10/2010, 30/11/2010, 14/06/2012 y 06/09/2012) resultando en todos los casos desierto.

 

                                    Que, en la actualidad, el Juzgado de Familia de Malargüe es subrogado mediante el mecanismo dispuesto por Acordada 24.190, que destina tal tarea a los dos Juzgados de Familia de San Rafael y al Juzgado de Familia de General Alvear en forma rotativa. Que dicha subrogancia si bien atiende el problema, en cuanto a la especificad de la materia, afecta el normal desenvolvimiento de los Juzgados subrogantes y subrogado, por razones de distancia.

 

                                    Que si bien la Acordada N° 16.940 dispone que los Juzgados de Familia de la Segunda Circunscripción sean subrogados, en primer lugar, entre sí, la notable lejanía entre el Juzgado de Familia de Malargüe y los demás Juzgados de Familia hace ver que resulta conveniente que el conjuez del Sexto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas con asiento en Malargüe subrogue al Juzgado de Familia de Malargüe, en cumplimiento del punto 2) b) de la mencionada Acordada.

 

                                    Que teniendo en cuenta la subrogancia establecida en el párrafo anterior y ante la falta de edificio disponible para el funcionamiento del Sexto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial, es necesario que el mismo funcione en horario vespertino en el Edificio del Juzgado de Familia de Malargüe, hasta tanto se efectúe la contratación de un inmueble propio para el juzgado.

 

                                   En consecuencia y en virtud de lo dispuesto por el art. 5 de la Ley N° 4969, la Sala Tercera de la Suprema Corte de Justicia,

 

 

                                    RESUELVE:

                                   I – Poner en funcionamiento a partir del 18 de diciembre de 2012 e l Sexto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en Malargüe .

 

                                   II – Hasta tanto el tribunal del punto I del resolutivo cuente con edificio propio, funcionará en el edificio del Juzgado de Familia de Malargüe en horario vespertino de 13:30 a 19:30 horas.

 

                                   III – Designar interinamente a partir de la fecha de su juramento en la Segunda Circunscripción Judicial, como Conjuez del Sexto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en Malargüe , en el cargo de categoría MAGISTRADOS – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, clase 25, (cargo creación Ley 7837 Presupuesto 2008) al Dr. Juan Manuel Ramón, CUIL 20-24207967-2, clase 1976. 

                                  IV – Disponer que el conjuez designado en el párrafo III de este resolutivo subrogue al Titular del Juzgado de Familia de Malargüe, hasta tanto se nombre un Juez Titular en éste último.

 

                                   V- Establecer que, mientras dure la subrogancia dispuesta en el dispositivo anterior, no serán aplicables las disposiciones generales de las Acordadas N° 16.940 y 24.190, al Sexto Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en Malargüe, y al Juzgado de Familia de Malargüe, respectivamente.

 

                                VI- Ordenar a Dirección de Contabilidad y Finanzas el inicio de contratación de arrendamiento para el funcionamiento definitivo del nuevo juzgado civil de Malargüe.

 

                                VII- Regístrese. Notifíquese. Comuníquese a Liquidación de Haberes, Dirección de Recursos Humanos y Boletín Oficial de la Provincia. Por intermedio de la Secretaría de Información Pública, dése la información necesaria a través de los distintos medios. Cúmplase.

 

 

 

FIRMADO: Dr. Pedro Jorge LLorente, Presidente de la Suprema Corte de

Justicia; Dres. Alejandro PEREZ HUALDE y Mario Daniel ADARO, Ministros.