El Directorio informa que la Cámara de Diputados de la Provincia dió aprobación por unanimidad el día 10 de Octubre de 2012 a la ley que suspende el plazo de caducidad durante el conflicto judicial. Click aquí para más información. 

 


1 En todos los procesos judiciales judiciales en tramite, en que las partes litigantes no hayan tenido a su alcance los medios idóneos para producir actos útiles en los expedientes a consecuencia de la huelga de los empleados judiciales, se tendrá por suspendido el plazo de la caducidad de instancia establecido en el Libro I, Titulo IV, Capitulo VII del Código Procesal Civil de Mendoza, entre el día 18 de mayo de 2012 y hasta el día 6 de julio de 2012 inclusive; sin perjuicio de la validez de los actos procesales regularmente cumplidos, ni de las caducidades que ya hubieren sido declaradas judicialmente firmes antes de la entrada en vigencia de la presente ley. Esta disposición no será aplicable a los expedientes tramitados ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, cualquiera sea su estado procesal