El Directorio, advertido de la excesiva morosidad de los asociados en el cumplimiento de las cuotas de colegiación, y habiendo recomendado la Federación Mendocina de Colegios de Abogados, mediante resolución del 4 de Marzo de 2011, que los mismos realicen los actos administrativos y/o judiciales necesarios para gestionar el cobro de dichas deudas; considerando asimismo que este Colegio ha efectuado gestiones en tal sentido, notificando a los asociados que se atrasaren en el pago de las cuotas por más de un (1) año con el fin de que se acerquen a la institución para cancelarlas, tomar planes de pago e incluso den explicación de sus inconvenientes de pago, y pese a ello los índices de morosidad no han disminuido; por todo lo expuesto, con fecha 18 de mayo del corriente, el Directorio de este Colegio aprobó mediante la pertinente resolución, que a todo asociado que adeude más de UN (1) año de Cuota Colegio, se lo remitirá automáticamente al Instituto de Informes del Comercio de San Rafael (CO.DE.SUR), comenzando a regir tal disposición a partir del 1 de Julio de 2011. Dicha resolución puede ser compulsada por el asociado interesado por Secretaría del Colegio.-

 

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