Se da a conocer a todos los matriculados que con fecha 4 de Marzo de 2011 la Federación Mendocina de Colegios de Abogados resolvió: «…RECOMENDAR a los Colegios de Abogados y Procuradores de la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Circunscripción Judicial de Mendoza que realicen los actos administrativos o judiciales necesarios para gestionar el cobro de las Cuotas ordinarias mensuales adeudadas por los colegiados morosos, (art. 96 inc. a. y 98 de la ley 4976) y los importes correspondientes al Derecho Fijo adeudado por los litigantes (art. 96 inc. g. de la ley 4976)…», ello en virtud de la excesiva morosidad de los Colegiados en el cumplimiento de las cuotas sociales y la falta de pago por parte de los litigantes de los importes correspondientes a Derecho Fijo.-

 

 

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