Se pone en conocimiento de los asociados que en virtud de las facultades que le confiere a este Directorio el Art. 65 incs. 3, 4, 5, 12, 13, 14 y 22 de la Ley Provincial de Colegiación Nº 4976, a raíz de una denuncia efectuada por uno de los abogados matriculados en este Colegio, con motivo de una resolución judicial que donde recibiera un trato no apropiado, se efectuaron las correspondientes comunicaciones al Juzgado/ Magistrado interviniente a los efectos de que tenga presente que el trato que debe brindarse a los profesionales del foro debe ser acorde a las disposiciones de los Arts. 21 y cc de la ley 4976. Asimismo se le solicitó que en sus actuaciones futuras tenga a bien proferir al profesional involucrado como a cualquier otro profesional, el trato digno y respetuoso que merecen quienes actúan como Auxiliares de la Justicia a fin de mantener el trato armonioso y ajustado a derecho entre Magistrados y Profesionales. Se recuerda a los asociados que ante cualquier inconveniente similar al reseñado, hagan llegar por nota sus inquietudes al Directorio a fin del correcto ejercicio de nuestra función de defender los derechos e intereses profesionales legítimos y el honor y la dignidad del de la abogacía velando por la jerarquización el prestigio y la independencia de la profesión. Art. 65 inc. 5 ley 4976.-