El Directorio del Colegio Público de Abogados y Procuradores de la Segunda Circunscripción Judicial, cordialmente, se dirige a Usted con el fin de Manifestarle nuestra profunda preocupación en relación a la posibilidad, de público conocimiento, que el Máximo Tribunal que Ud. preside no descontaría los días no trabajados al personal que se adhirió a la medida de fuerza, desvalorizando así el esfuerzo del personal que no se adhirió a la misma y que cumplió con sus deberes del empleado público.-

Ello amén de crear un precedente que consideramos disvalioso, pues seguramente no contribuirá a solucionar futuros conflictos gremiales como el que nos ocupa, e incluso iría en contra de la jurisprudencia del Tribunal por Ud. presidido.-

Por todo ello, lo exhortamos a que descuente los días no trabajados al personal que se adhirió a la medida de fuerza conforme a los registros que obran en su poder, salvo en aquellos casos en que dicho personal quiera devolver al Estado, en forma inmediata, las jornadas no trabajadas con un estricto control del cumplimiento de sus tareas por parte de la Inspección Judicial. Ello a los fines de resarcir el enorme perjuicio sufrido por la sociedad y nuestros Asociados ante el retraso en el proveído de las causas.-

Recuerde V.E. que en otras oportunidades la devolución de los días no trabajados no fue cumplida por los empleados adherentes a la medida de fuerza.-