El Directorio hace saber que a partir del primero de Diciembre de este año la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, ha resuelto extender la utilización de la notificación electrónica a través de documentos firmados digitalmente, para aquellas notificaciones por cédula que deban practicarse en el domicilio legal previstas en el Art. 68 de Código Procesal Civil, según lo establecido en el Ley N° 7.855 y Acordada N°21.149. Para ver el cronograma de actividades en relación a la puesta en funcionamiento de este sistema de notificaciones, ingrese aquí.-

 

CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA CIVIL EN SAN RAFAEL

 

1°  Etapa: del 01 al 31 de diciembre de 2009

  1. Invitar a las autoridades del Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción Judicial y demás profesionales colegiados a una exposición y demostración práctica del sistema, respondiendo la totalidad de las dudas que pudieran plantearse.
  2. Difusión del sistema hacia los profesionales mediante folletos y otros medios.

 

2°  Etapa: del 01 al 28 de febrero de 2010

  1. Puesta en marcha integral del sistema de notificación electrónica hacia todos los abogados, con subsistencia de la cédula en soporte papel y notificada en domicilio legal material, siendo este último el único medio valido de notificación con efectos jurídicos-procesales, durante esta etapa
  2. Capacitación a abogados sobre recepción de cedulas con firma digital.

3°  Etapa: Desde el 01 de marzo de  2010

  1. Puesta en marcha integral del sistema de notificación electrónica hacia todos los abogados de San Rafael como único medio de notificación, con excepción de las que se realizan en el soporte papel según lo determina la Ley 7.855.