Mendoza, 12 de febrero de 2.009.
    VISTO Y CONSIDERANDO:

    Que la Acordada n° 9803 estipula el reajuste de los importes que, en concepto de movilidad, perciben los Oficiales de Justicia y Receptores por medidas y diligencias fuera de los radios legales, en función de las tarifas de taxímetros.
    Que según Resolución de Presidencia n° 22.179 la última actualización de los montos percibidos en concepto de movilidad se realizó en junio de 2008.
    Que mediante decreto n° 127/2009 el Poder Ejecutivo Provincial ha establecido nuevas tarifas para el servicio público de pasajeros por taxímetros, por lo que corresponde adecuar a las mismas los montos percibidos en concepto movilidad por los funcionarios judiciales mencionados, de conformidad al cálculo realizado por Administración General a fs. 129 del 68.992 «Oficina Centralizada de Notificaciones – Notas Varias»
    Que de conformidad a lo dispuesto por la Acordada 20371 debe incluirse en la presente resolución, el importe necesario para afrontar el costo de las notificaciones de audiencias y sentencias fuera del radio gratuito que por Acordada 20201 deben confeccionarse y tramitarse de oficio.
    Que mediante datos estadísticos aportados por la Oficina Centralizada de Notificaciones de la Primera Circunscripción Judicial, las cédulas abarcadas por el Acuerdo 20.201 que se notifican fuera del radio gratuito representan un escaso número, lo que no obstante su significación económica menor es incluida en los importes aprobados por la presente resolución.
    Por lo tanto, de conformidad con las normas legales en vigencia, el Sr. Presidente de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza;

    RESUELVE:
    1.-Fijar los montos que percibirán los Oficiales de Justicia y Receptores en compensación por movilidad de las medidas y diligencias fuera del perímetro establecido por Acordada n° 9774 y sus modificatorias, en los departamentos de Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Guaymallén y Las Heras en $1,10 (Pesos: uno con 10/100) por kilómetro recorrido.
Establecer que, por el mismo concepto, en el resto de los departamentos de la Provincia los Oficiales de Justicia y Receptores recibirán $1,20 (Pesos: uno con 20/100) por kilómetro recorrido.
2.- Fijar la suma de $5,90 (Pesos: cinco con 90/100) en concepto de movilidad, respecto de aquellas notificaciones de turno o de urgente tramitación que deban realizarse dentro del perímetro establecido en el punto antecedente, en los departamentos de Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Las Heras y Guaymallén, con excepción de las que deban realizarse sin cargo.
Para aquellas notificaciones fuera de dicho perímetro, la movilidad que se  percibirá es la equivalente a $5,50 (Pesos: cinco con 50/100) por kilómetro (ya considerado el regreso). Dicho monto queda  establecido por domicilio, correspondan o no a un mismo juicio.
En relación a las notificaciones urgentes a realizarse en el resto de los departamentos fijar a razón de $5,60 (Pesos: cinco con 60/100) por km recorrido (valor que contempla el recorrido ida y vuelta) estableciendo un mínimo de $8,00 (Pesos: ocho con 00/100)  por cédula.
Regístrese, Comuníquese, Archívese.
G.S./A.S

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